Normas técnicas de producción de la cartografía de Galicia

Estas normas están destinadas a facilitar la definición, clasificación y producción de los objetos geográficos correspondientes a cada uno de los temas en los que se puede dividir la información geográfica.

Están compuestas por una información técnica que comprende:

  • Un marco común de identificación única de los objetos geográficos, a efectos de garantizar la interoperabilidad entre ellos.
  • La relación entre objetos geográficos dentro del mismo tema y con el resto de información geográfica.
  • Los principales atributos y los correspondientes a diccionarios y tesauros para la descripción clara de los datos geográficos.
  • La dimensión temporal de los datos.
  • La metodología de producción y actualización de los datos.

Según el artículo 17 del Decreto 14/2017, del 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la información geográfica y de la actividad cartográfica de Galicia, la cartografía oficial realizada por la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y por las entidades instrumentales del sector público autonómico, o bajo su dirección y control, deberá sujetarse a las normas técnicas de producción de cartografía de Galicia, sin prejuicio de la necesaria observancia de las restantes normas aplicables, conforme a lo indicado en el artículo anterior.

Los criterios orientativos para la elaboración de las normas técnicas de producción de la cartografía oficial de Galicia, teniendo en cuenta la necesaria armonización y homogeneización con los criterios de producción cartográfica establecidos por los órganos competentes de la Administración General del Estado y los organismos cartográficos nacionales y organizaciones internacionales, están fijados en el Plan Galego de Cartografía e Información Xeográfica.

Normas técnicas en vigor: